¿Qué pasará en Madrid a partir del 9 de mayo?

A las 00 horas del 9 de mayo decae el estado de alarma impuesto por el Gobierno y con él todas las medidas contempladas como el toque de queda o el cierre perimetral. A partir de entonces, los ciudadanos podrán moverse libremente a otras comunidades autónomas, si estas también lo autorizan. No obstante, los aforos y el uso de la mascarilla se mantendrán.

Por su parte, en lo que respecta a las limitaciones en las Zonas Básicas de Salud, el Gobierno regional prevé mantenerlas y ha anunciado que acudirá a la Justicia para que avale las medidas de la Consejería de Sanidad relativas a la gestión de la crisis del coronavirus. Ante este escenario, los madrileños se preguntan qué podrán hacer a partir de ese momento.

En Chamberí 30 días hemos recopilado las medidas vigentes en la Comunidad de Madrid desde este domingo:

Hostelería:

El horario de cierre se amplía una hora, hasta las 00 horas, aunque los establecimientos no podrán admitir nuevos clientes a partir de las 23 horas. Los aforos siguen la misma norma que hasta el momento: mesas de máximo cuatro personas en el interior y de seis en el exterior. Además, continúa la prohibición del consumo en barra.

Cines, teatros y auditorios:

El horario de cierre también será a las 00 horas y deberá haber una butaca libre entre personas o grupo de personas que hayan adquirido las entradas de forma conjunta.

Aforos:

40% en parques recreativos infantiles.

50% en el interior de la hostelería, lugares de culto, locales de juego, apuestas, casino y el hipódromo, salas multiusos polivalentes, instalaciones deportivas, gimnasios y recintos destinados a espectáculos públicos y taurinos.

60% en parques de atracciones, zoos, acuarios y centros recreativos turísticos.

75% en terrazas, establecimientos comerciales y de prestación de servicios profesionales, cines, teatros, auditorios, museos, monumentos, academias, autoescuelas, centros de enseñanza no reglada, ferias comerciales, congresos y reuniones o juntas de propietarios.

¿Y qué pasa con la mascarilla?

Su uso obligatorio está regulado en la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. En su artículo 6 regula que la mascarilla será obligatoria "en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público", por lo que esta norma seguirá vigente más allá del 9 de mayo y se extenderá hasta “la finalización de la situación de crisis sanitaria”, que se decidirá en el marco del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

Por su parte, la Comunidad de Madrid mantiene la recomendación en relación con el número de personas que pueden concentrarse en las reuniones. En los domicilios solo convivientes y en la vía pública un máximo de seis personas.


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