El Pleno aprueba la reposición de la placa a Largo Caballero en la Plaza de Chamberí

La decisión, avalada por varias sentencias judiciales, no es vinculante


El Pleno de distrito celebrado el pasado septiembre aprobó la proposición socialista para que el Ayuntamiento de Madrid reponga en la Plaza de Chamberí la placa conmemorativa a Francisco Largo Caballero, ministro socialista de la Segunda República, desmontada en 2020 por una orden municipal, que también incluía la retirada del callejero de los nombres de este y del también dirigente socialista, Indalecio Prieto.

La propuesta en Chamberí salió adelante con los votos favorables de los grupos municipales PSOE y Más Madrid, y la abstención del PP, que esta vez optó por no votar en contra de la proposición –como había ocurrido con otras similares en los últimos años–, lo que propició su aprobación.

Este acuerdo, que no es vinculante, llega después de varias sentencias contrarias al acuerdo del Pleno municipal, que acordó la retirada de este elemento conmemorativo de la fachada de la Junta Municipal de Chamberí, donde llevaba instalada desde 1980.

El pasado junio, el Tribunal Supremo ya inadmitió uno de los recursos de Vox contra los fallos judiciales que obligaban a restablecer la lápida, si bien tiene aún otros dos pendientes sobre los que debe decidir.

Antes de la votación, el alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, expresó que el Ayuntamiento “no cumple lo que diga el PSOE, sino que cumple las resoluciones judiciales”, por lo que respetarán la sentencia, “al margen de lo que pueda pedir el PSOE en Chamberí”. Por su parte, el portavoz del grupo socialista en Chamberí, Iñaki Prieto, confía en que la placa sea repuesta antes de final de año.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ya declaró ilegal en 2022 la retirada de la placa, ejecutada tras un acuerdo alcanzado entre PP, Ciudadanos y Vox, que pretendía ampararse en la Ley de Memoria Histórica. En aquella ocasión, la sentencia achacó “insuficiente motivación” a la medida, además de “falta de soporte en hechos contrastados”.

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