Luz verde a la nueva Ordenanza de Terrazas

El proyecto de la nueva Ordenanza de Terrazas de Hostelería y Restauración ha dado un paso más gracias a la aprobación por parte de la Comisión del Área de Gobierno de Vicealcaldía, dependiente de Begoña Villacís, a comienzos de esta semana. Esta medida ha salido adelante con los votos del PP, Ciudadanos y el Grupo Mixto, formado por los cuatro concejales ‘carmenistas’, escindidos de Más Madrid e integrados en Recupera Madrid. No es la primera vez que una propuesta sale adelante con el apoyo del Grupo Mixto; este conjunto permitió la modificación de Madrid Central y los Presupuestos de 2022.

Así las cosas, el proyecto de la nueva Ordenanza incorporará 23 enmiendas de las 100 presentadas, que se integran en el texto a falta de su aprobación definitiva en el Pleno municipal del mes de enero que se celebrará la próxima semana y que, si sale adelante tal y como está previsto, sustituirá a la que lleva en vigor cerca de una década. De estas, seis provienen del equipo de Gobierno, mientras que 11 son del Grupo Mixto, tres de Más Madrid, dos del Grupo Socialista y una de VOX.

Algunos de los puntos destacados de este proyecto atañen directamente al distrito de Chamberí. De esta forma, tal y como han informado desde el Consistorio, algunos de los cambios más destacados que se incorporarán al texto del proyecto han sido la estipulación de los criterios para determinar lo que son las zonas saturadas, las condiciones para el mantenimiento de algunas terrazas en bandas de estacionamiento hasta el año 2023 y la obligación de que los hosteleros retiren las estufas de gas en un periodo máximo de dos años.

Zonas saturadas

En cuanto a las zonas saturadas, el Ayuntamiento ha determinado que, para que un espacio cuente con esta denominación, debe cumplir tres criterios. El primero de ellos es “indispensable” y establece que se produzca “una alta ocupación del espacio para instalar la terraza”, Además, comentan que deberá ir acompañado de alguno de los otros dos requisitos. En este sentido, se estimará que existe una alta ocupación cuando el espacio ocupado en aceras con un ancho inferior o igual a seis metros supere el 33% de la superficie disponible para su instalación o cuando las terrazas superen el 40% en aceras que excedan los seis metros, así como en plazas y calles peatonales o sin salida.

El segundo criterio que determinará que un espacio es una zona saturada será el elevado tránsito peatonal, un elemento que el Ayuntamiento entiende como aquellas aceras por las que caminen más de 33 personas por minuto. Por su parte, el tercer criterio está relacionado con las afecciones medioambientales. Es decir, serán consideradas zonas saturadas aquellos espacios que tengan terrazas en un radio de 150 metros en torno a residencias de mayores y centros sanitarios con hospitalización o con servicios de urgencias. Chamberí, junto a Carabanchel, ocupa la cuarta posición en cuanto a distritos con más puntos de saturación, 20 cada uno. Por delante se encuentran Puente de Vallecas (23), Centro (22) y Chamartín (21)

Terrazas en bandas de estacionamiento

En relación con este criterio el Consistorio ha señalado que, aquellas terrazas que ya estuvieran instaladas en bandas de estacionamientos cuando la ordenanza entre en vigor, podrán mantenerse durante los años 2022 y 2023. No obstante, su funcionamiento estará limitado hasta las 24 horas y tendrán la obligación de delimitar visiblemente su extensión “mediante barreras o con reflectores de alta intensidad”.

Por su parte, también han indicado que se retirarán aquellas terrazas que se encuentren ubicadas en bandas de estacionamiento situadas en ‘zonas saturadas’, en zonas de protección acústica especial (ZPAE) y en zonas ambientalmente protegidas cuando ocupen más de un 40% de las bandas existentes en el tramo de calle. Respecto a este último punto, explican que “las autorizaciones serán revisadas y reducidas proporcionalmente a propuesta del distrito hasta el nivel previsto con el fin de que la ocupación no supere el 40% de ocupación de bandas de estacionamiento”.

Prohibición de las estufas de gas

En último término, el nuevo texto de la Ordenanza prohíbe tanto las estufas de gas como aquellos elementos industriales móviles que emitan gases de efecto invernadero a la atmósfera. Para sustituirlas por otros mecanismos acordes con los requisitos técnicos y que cuenten con la homologación CE de la Unión Europea los establecimientos tendrán un plazo de dos años.


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